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Dic 19, 2023 Redacción Gibraltar, La Línea, Noticias 0
Gibraltar da un paso importante en lo que respecta a la reforma fiscal internacional, en el marco de la adopción de las Normas globales contra la erosión de la base imponible (GloBE, por sus siglas en inglés) del Segundo Pilar, con el firme compromiso de introducir un impuesto complementario cualificado mínimo de ámbito nacional y conforme al Segundo Pilar. Se trata de un paso previo a la plena aplicación del Segundo Pilar en los ejercicios financieros posteriores al 31 de diciembre de 2024, tal como anunció el Ministro Principal en su discurso de presentación del Presupuesto de 2023. Esta medida progresiva refuerza la posición de Gibraltar como jurisdicción fiscal que cumple y coopera dentro de las normas internacionales sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.
La armonización de un tipo impositivo mínimo mundial es, sin duda, el cambio más significativo e importante del sistema fiscal internacional desde la década de 1920. Como miembro del Marco Inclusivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Gibraltar se incorporó al consenso internacional constituido por otras 137 jurisdicciones que se han comprometido a aplicar normas contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, así como a garantizar el cumplimiento de los objetivos de política [tributaria], entre los que figuran que las grandes empresas multinacionales paguen los impuestos que les corresponden. La introducción de este impuesto complementario en Gibraltar promueve este esfuerzo global y subraya el compromiso del Peñón con la cooperación internacional en materia fiscal.
En virtud de nuestra aplicación en dos fases del Segundo Pilar, en un primer momento este impuesto complementario se introducirá de conformidad con las Reglas Modelo de la OCDE para los sujetos pasivos en relación con los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 31 de diciembre de 2023. Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación son las pertenecientes a grupos empresariales multinacionales con unos ingresos anuales iguales o superiores a 750 millones de euros en los estados financieros consolidados de la entidad matriz última en al menos dos de los cuatro ejercicios contables inmediatamente anteriores. Este impuesto complementario se aplicará a las filiales o establecimientos permanentes de dichos grupos cuando la entidad matriz última se encuentre en una jurisdicción que haya implementado las normas del Segundo Pilar.
Este paso es una iniciativa estratégica impulsada por la necesidad de salvaguardar la base fiscal de Gibraltar. Protege el derecho a gravar las rentas generadas por esas filiales o establecimientos permanentes residentes en Gibraltar y evita que sus ingresos sean gravados en la jurisdicción en la que tenga la residencia fiscal su entidad matriz última en virtud de las normas de Segundo Pilar. El impuesto complementario de Gibraltar será conforme a las Normas Modelo, los Comentarios y otras orientaciones pertinentes de la OCDE publicadas a 31 de diciembre de 2023. Nuestro objetivo es minimizar el riesgo de errores de interpretación y desajustes entre jurisdicciones y, lo que es más importante, garantizar que este impuesto complementario sea coherente con la adopción del Segundo Pilar en otros países y en el cumplimiento de las normas para poder aplicar el Impuesto Mínimo Complementario Nacional Cualificado.
La Secretaría de la OCDE ha sido consultada sobre nuestra propuesta y acoge favorablemente el enfoque adoptado por Gibraltar. Seguiremos consultando a su equipo de expertos del Segundo Pilar a medida que prosiga la implementación por nuestra parte. Por lo tanto, estamos convencidos de que nuestro enfoque es conforme a una aplicación adecuada de la iniciativa del Segundo Pilar y cumple los criterios para clasificarse como apto y acreditable a efectos de la aplicación más amplia de las Normas Modelo.
Esta propuesta no pretende reformar el sistema tributario nacional de la inmensa mayoría de nuestros contribuyentes. El año que viene, la propuesta se someterá a las consultas en curso sobre el Segundo Pilar, que analizarán y darán forma a la plena aplicación y protegerán nuestra base impositiva, al tiempo que seguimos colaborando plenamente con las partes interesadas. Se trata de un paso lógico e importante para la plena aplicación del Segundo Pilar en Gibraltar y está en consonancia con la evolución del panorama fiscal internacional. El Gobierno de Gibraltar cree firmemente que este enfoque sitúa a Gibraltar como participante activo y pionero en los esfuerzos internacionales para abordar los retos fiscales y, como primera fase de la aplicación del Segundo Pilar, demuestra nuestro compromiso de cumplir las normas internacionales y de colaborar con la comunidad mundial en estas cuestiones tributarias.
Este paso es una iniciativa estratégica impulsada por la necesidad de salvaguardar la base fiscal de Gibraltar. Protege el derecho a gravar las rentas generadas por esas filiales o establecimientos permanentes residentes en Gibraltar y evita que sus ingresos sean gravados en la jurisdicción en la que tenga la residencia fiscal su entidad matriz última en virtud de las normas de Segundo Pilar. El impuesto complementario de Gibraltar será conforme a las Normas Modelo, los Comentarios y otras orientaciones pertinentes de la OCDE publicadas a 31 de diciembre de 2023. Nuestro objetivo es minimizar el riesgo de errores de interpretación y desajustes entre jurisdicciones y, lo que es más importante, garantizar que este impuesto complementario sea coherente con la adopción del Segundo Pilar en otros países y en el cumplimiento de las normas para poder aplicar el Impuesto Mínimo Complementario Nacional Cualificado.
La Secretaría de la OCDE ha sido consultada sobre nuestra propuesta y acoge favorablemente el enfoque adoptado por Gibraltar. Seguiremos consultando a su equipo de expertos del Segundo Pilar a medida que prosiga la implementación por nuestra parte. Por lo tanto, estamos convencidos de que nuestro enfoque es conforme a una aplicación adecuada de la iniciativa del Segundo Pilar y cumple los criterios para clasificarse como apto y acreditable a efectos de la aplicación más amplia de las Normas Modelo.
Esta propuesta no pretende reformar el sistema tributario nacional de la inmensa mayoría de nuestros contribuyentes. El año que viene, la propuesta se someterá a las consultas en curso sobre el Segundo Pilar, que analizarán y darán forma a la plena aplicación y protegerán nuestra base impositiva, al tiempo que seguimos colaborando plenamente con las partes interesadas. Se trata de un paso lógico e importante para la plena aplicación del Segundo Pilar en Gibraltar y está en consonancia con la evolución del panorama fiscal internacional. El Gobierno de Gibraltar cree firmemente que este enfoque sitúa a Gibraltar como participante activo y pionero en los esfuerzos internacionales para abordar los retos fiscales y, como primera fase de la aplicación del Segundo Pilar, demuestra nuestro compromiso de cumplir las normas internacionales y de colaborar con la comunidad mundial en estas cuestiones tributarias.
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