Última Actualización marzo 27th, 2024 4:57 PM
Dic 19, 2016 Redacción La Línea, Noticias 0
En una carta remitida por Ángel Villar al alcalde, se dice lo siguiente » Ángel Villar Iglesias, Concejal de este Excmo. Ayuntamiento, cuyas circunstancias, personalidad y representación tengo debidamente acreditadas ante esa Alcaldía-Presidencia, comparece para interesar,
Que por parte del D. GABRIEL COBOS RODRÍGUEZ se acredite que al tiempo de celebrarse las elecciones municipales de mayo de 2016, era elegible y con posterioridad, siendo Concejal, no ha estado incurso en causa de incompatibilidad/inelegibilidad.
Esta situación trae causa de las circunstancias siguientes:
1º.- El citado Sr. Cobos, en su calidad de Abogado, y en defensa de DON JUAN JOSÉ FRANCO RODRÍGUEZ, entonces funcionario y ahora Alcalde, y otros, en fecha 3 de octubre de 2014, formalizó DEMANDA, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Algeciras, que la tramitó como Procedimiento Abreviado 519/2014, siendo demandado este Ayuntamiento y objeto de la demanda la impugnada aprobación, por el Pleno Municipal, de fecha 20 de diciembre de 2013, de la Relación de Puestos de Trabajo, publicada en el BOP con número 13 de 21 de enero de 2014.
2º.- Que salvo mejor explicación/acreditación, al tiempo de ser incluido en las listas de LA LINEA 100X100, como elegible para las elecciones municipales de mayo de 2016 y posteriormente una vez aceptado el nombramiento de Concejal, el Sr. Cobos, continuaba siendo el Letrado de la reseñada causa dirigida contra este Ilmo. Ayuntamiento.
3º.- De lo anterior se deduce la posible existencia de una doble paradoja, la primera, que el ya Alcalde, aparecía como demandante y representante del Ayuntamiento demandado, la segunda, un Concejal, ejercía, con carácter privado, como demandante, contra su Ayuntamiento. Y, acabó dándose un tercera paradoja, como es que el Alcalde denunciante, posteriormente hubiese ordenado el allanamiento del Ayuntamiento, en la demanda de la que él, en su día, había sido parte. O lo que es igual, los plazos y circunstancias legales se conjugaron de tal forma, que el antes demandante Sr. Franco, pudo ordenar, ya Alcalde, que el Ayuntamiento, no se opusiera, dejase de defenderse. De aquellos lodos salen los barros de los 408 €, que muchos han perdido a la par que unos pocos, los que más ganan, han pasado a ganar más.
4º.- La legislación aplicable marca la incompatibilidad para que un Abogado, que dirige un proceso contra un Ayuntamiento, pueda ser Concejal del mismo (salvo las excepciones previstas que, parece no se dan).
Por todo lo anteriormente expuesto, Sr. Franco, reitero, le intereso que requiera al Sr. Gabriel Cobos, que acredite que era elegible y que, siendo Concejal, no estaba incurso en causa de incompatibilidad.
Mar 27, 2024 0
Mar 26, 2024 0
Mar 26, 2024 0
Mar 26, 2024 0
Mar 27, 2024 0
Mar 27, 2024 0
Mar 27, 2024 0
Mar 27, 2024 0
Jul 16, 2018 0
En la entrevista concedida a Radio Bahía Gibraltar Antonio Espinel anuncia la creación de algo muy importante, como es la Fundación Doctor Espinel, destinada a «agradecer a todo el Campo de Gibraltar lo mucho que nos ha dado. Se trata de una fundación, la primera que sale del sector buco...
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR